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¿Las compras en supermercados son deducibles en el IVA?

La respuesta está en lo que compras, no en dónde compras.

Una de las consultas más frecuentes que recibimos es:

"¿Las facturas del supermercado sirven para descontar IVA?"

La respuesta es sí, pueden servir, pero no por el simple hecho de haber sido emitidas por un supermercado.

Existe la idea de que la DNIT rechaza automáticamente este tipo de facturas. Sin embargo, la legislación no prohíbe las compras realizadas en supermercados. Lo que realmente se analiza es qué compraste y si ese gasto puede considerarse deducible según la normativa vigente.

Lo importante no es el comercio, sino el gasto

Para determinar si una compra es deducible, la pregunta no es si la hiciste en un supermercado, una farmacia o una tienda.

La pregunta correcta es:

¿El bien o servicio que compré puede descontarse del IVA?

Si la respuesta es sí y la factura cumple con los requisitos formales, el IVA correspondiente puede ser aprovechado.

En cambio, si el producto adquirido no está contemplado como gasto deducible, la factura podría ser observada, sin importar que haya sido emitida por un establecimiento perfectamente habilitado.

Compras que normalmente pueden ser deducibles

En un supermercado es habitual comprar productos que forman parte de los gastos personales o familiares  no admitidos por la legislación en en la deducción del IVA. Por ejemplo:

  • Alimentos para el consumo del hogar.
  • Productos de higiene personal.
  • Artículos de limpieza.
  • Productos básicos para la familia.
  • Medicamentos de venta libre, cuando correspondan.

El detalle de la factura también importa

Ante una eventual verificación, la DNIT puede analizar el detalle de los bienes adquiridos.

Si la factura contiene descripciones demasiado genéricas o poco claras, demostrar que el gasto era deducible puede resultar más difícil.

Por eso, siempre recomendamos:

  • Solicitar la factura a nombre del contribuyente.
  • Verificar que el RUC esté correctamente consignado.
  • Conservar la documentación de respaldo cuando sea necesaria.
  • Revisar periódicamente las compras antes de utilizarlas como crédito fiscal.

Un error muy común

Muchas personas creen que, si una factura tiene productos deducibles, todo el IVA de esa factura puede descontarse.

No siempre es así.

Es frecuente que una misma compra incluya productos deducibles y otros que no lo sean. En esos casos, el análisis debe hacerse producto por producto, evitando considerar automáticamente que toda la factura genera derecho al crédito fiscal.

La regla práctica

Cada vez que tengas una factura de supermercado, hacete esta pregunta:

¿Lo que compré está permitido como gasto deducible?

No importa tanto el lugar donde realizaste la compra, sino el destino y la naturaleza de los bienes o servicios adquiridos.

Esa diferencia es la que puede marcar la validez de una deducción ante la DNIT.

En conclusión

Las facturas emitidas por supermercados no están excluidas de las deducciones del IVA.

Lo que determina si una compra puede utilizarse como crédito fiscal es el tipo de bien o servicio adquirido, el cumplimiento de los requisitos legales y la documentación que respalde la operación.

Antes de asumir que una factura es deducible, revisá siempre su contenido y no solamente el nombre del comercio que la emitió.

En Lexa ayudamos a nuestros clientes a identificar correctamente qué gastos pueden descontar del IVA, aplicando la normativa vigente y evitando errores que podrían generar observaciones en el futuro.

 


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