La respuesta está en lo que compras,
no en dónde compras.
Una de las consultas más frecuentes que recibimos es:
"¿Las facturas del supermercado sirven para descontar IVA?"
La respuesta es sí, pueden servir, pero no por el simple hecho de
haber sido emitidas por un supermercado.
Existe la idea de que la DNIT rechaza automáticamente este tipo de
facturas. Sin embargo, la legislación no prohíbe las compras realizadas en
supermercados. Lo que realmente se analiza es qué compraste y si ese
gasto puede considerarse deducible según la normativa vigente.
Lo importante no es el comercio, sino el gasto
Para determinar si una compra es deducible, la pregunta no es si la
hiciste en un supermercado, una farmacia o una tienda.
La pregunta correcta es:
¿El bien o servicio que compré puede descontarse del IVA?
Si la respuesta es sí y la factura cumple con los requisitos formales, el
IVA correspondiente puede ser aprovechado.
En cambio, si el producto adquirido no está contemplado como gasto
deducible, la factura podría ser observada, sin importar que haya sido emitida
por un establecimiento perfectamente habilitado.
Compras que normalmente pueden ser deducibles
En un supermercado es habitual comprar productos que forman parte de los
gastos personales o familiares no admitidos por la legislación en en la deducción del IVA. Por ejemplo:
- Alimentos para
el consumo del hogar.
- Productos de
higiene personal.
- Artículos de
limpieza.
- Productos
básicos para la familia.
- Medicamentos de venta libre, cuando correspondan.
El detalle de la factura también importa
Ante una eventual verificación, la DNIT puede analizar el detalle de los
bienes adquiridos.
Si la factura contiene descripciones demasiado genéricas o poco claras,
demostrar que el gasto era deducible puede resultar más difícil.
Por eso, siempre recomendamos:
- Solicitar la
factura a nombre del contribuyente.
- Verificar que
el RUC esté correctamente consignado.
- Conservar la
documentación de respaldo cuando sea necesaria.
- Revisar
periódicamente las compras antes de utilizarlas como crédito fiscal.
Un error muy común
Muchas personas creen que, si una factura tiene productos deducibles, todo
el IVA de esa factura puede descontarse.
No siempre es así.
Es frecuente que una misma compra incluya productos deducibles y otros
que no lo sean. En esos casos, el análisis debe hacerse producto por
producto, evitando considerar automáticamente que toda la factura genera
derecho al crédito fiscal.
La regla práctica
Cada vez que tengas una factura de supermercado, hacete esta pregunta:
¿Lo que compré está permitido como gasto deducible?
No importa tanto el lugar donde realizaste la compra, sino el destino y
la naturaleza de los bienes o servicios adquiridos.
Esa diferencia es la que puede marcar la validez de una deducción ante la
DNIT.
En conclusión
Las facturas emitidas por supermercados no están excluidas de las
deducciones del IVA.
Lo que determina si una compra puede utilizarse como crédito fiscal es el
tipo de bien o servicio adquirido, el cumplimiento de los requisitos legales y
la documentación que respalde la operación.
Antes de asumir que una factura es deducible, revisá siempre su contenido
y no solamente el nombre del comercio que la emitió.
En Lexa ayudamos a nuestros clientes a identificar correctamente
qué gastos pueden descontar del IVA, aplicando la normativa vigente y evitando
errores que podrían generar observaciones en el futuro.

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